Comentario
SESION TERCERA
Del ilícito comercio que se hace en todos los reinos de Cartagena, Tierra firme y el Perú,
tanto con géneros de Europa como con los de la China en el Perú. El modo de ejecutarlo,
y vías por donde se introducen, con las causales de que no se pueda conseguir su extinción y,
juntamente, del fraude y extravío que padecen los Derechos Reales en el comercio lícito
1. Para tratar del comercio ilícito en las Indias, de cuyo mal no hay puerto, ciudad o población que no adolezca, con sólo la diferencia de ser en unos más cuantiosos que en otros, habremos de dar principio por Cartagena, como que es el primer puerto que se nos ofrece para este asunto, y donde parece que conjurada la malicia contra la legalidad, convierte en fraude aun aquellas mismas providencias y recursos que lo debían destruir y aniquilar, pues las que con tan premeditado acierto se han imaginado para desarraigar de las costas todos los motivos del ilícito trato, son las que ya en los tiempos presentes sirven de solapa para que se frecuenten aquellas prohibidas vías con mayor desahogo y seguridad.
2. Acordóse con bastante madurez, después de reflexionado el medio con que estorbar el cuantioso comercio [ilícito] que las provincias de arriba hacían en Cartagena, para cortar el motivo o pretexto que les daba ocasión a ello, que luego que llegasen a Cartagena las armadas de galeones, empezasen a vender libremente, y que pudiesen bajar a hacer sus compras los comerciantes de las tres provincias Santa Fe, Popayán y Quito , a fin de que se abasteciesen de los géneros que necesitaban para su consumo; porque se consideraba que esto era lo único que podía contener el desorden de ir a emplear en la costa, eximiéndolos de que hubiesen de bajar unidos con el comercio del Perú a hacer sus empleos en la feria de Portobelo, como estaba dispuesto antes, por considerarse serles extravío, mediante estar estas provincias tan apartadas de la derrota que lleva la armada del mar del Sur que, para unirse con ella necesitaban hacer mucho tránsito por tierra con sus caudales y con las mercancías, [tránsito] en que, además de los crecidos gastos que se les ocasionaban, los exponían a los evidentes e inevitables riesgos de los ríos y laderas. Estos inconvenientes hacían impracticable esta vía, y no usando de ella los comerciantes, quedaban aquellas provincias reducidas a los rezagos de galeones que volvían a Cartagena por no haber tenido despacho en Portobelo; [quedaban] precisados los comerciantes a emplear en ellos, que, siendo desechos del otro comercio, se deja entender sería lo peor, y [quedaban] atenidos asimismo a la cantidad, que tal vez no era suficiente para compensar todos los caudales que habían bajado de las tres provincias. De lo cual resultaba que aquellos que no tenían cabimiento para emplear en los rezagos, bien fuese por no alcanzar las mercaderías o por no encontrarlas a su satisfacción, pasaban a la costa con sus caudales, y allí empleaban [en mercancías ilícitas] para no volverse con ellos a sus países después de unos costos tan crecidos como los que se dejan considerar en tránsitos de 600 leguas, más o menos, parte por tierra y parte por el río Grande de la Magdalena, que hay para llegar a Cartagena, según del paraje de donde venían.
3. Con estas reflexiones se puso en uso el modo de emplear [los caudales] luego que llegase a Cartagena la armada, y se empezó a practicar desde el año de 1730, no sin que el comercio del Perú dejase de sentirlo. Y para evitar que a éstos se les siguiese algún perjuicio, como podría causarles si, empleando aquellas provincias, pasasen [luego] a vender sus géneros a Lima ínterin que los del Perú estaban en Portobelo, pues de esto resultaría que, a su vuelta, no tendrían los géneros que ellos llevasen toda la estimación que deberían, por hallarse ya, con los primeros, abastecido el Perú, se reparó este inconveniente mandando que, desde el punto que se publicase el arribo de galeones a Cartagena, se cerrase la comunicación de ropas y otros géneros de Europa entre Quito y Lima, con la severa pena de ser perdidas todas las [mercancías] que se intentasen introducir ocultamente, y multados los que lo ejecutasen, además de [en] esto, en otra suma. Con esta providencia quedaron las provincias de Quito, Popayán y Santa Fe en aptitud de poderse proveer de ropas a contemplación de sus comerciantes, y las de Lima y el Perú libres de que por aquéllas se perjudicase su comercio. Resolución fue ésta de tanta conveniencia que no será fácil mejorarla; pero aun siendo tan admirable, no ha tenido los efectos suficientes para remediar el principal asunto a que se dirigió, no porque falte ninguna de las circunstancias que necesitaba, sino porque el vicio que ha criado el comercio en aquellas partes es difícil que se desarraigue de los ánimos de los que se emplean en él, como se está viendo palpablemente.
4. El año de [1737] llegaron a Cartagena los registros que fueron convoyados por el teniente general don Blas de Lezo, y con ellos se ha experimentado cuán poco fruto se ha sacado de aquella providencia, porque bajan los comerciantes a aquella ciudad con una crecida suma de caudales, emplean allí la mitad, más o menos, según les parece, y con lo restante van a la costa, donde, hallando tanta providencia de lo que necesitan, concluyen el resto de su empleo [en mercancías ilícitas], y a la sombra de una guía y de la confianza de que lo disimulen los jueces por donde pasan hasta llegar a su destino, introducen dos o tres tantos más de lo que emplearon lícitamente. Así se estaba reconociendo en Quito donde, con el motivo de haberse retirado a ella [en 1740] el tesoro de galeones y comercio del Perú, subían todos los empleos, cuyas facturas, y no menos la calidad de las mercaderías, estaban publicando el hecho; pero ni aún era necesaria tanta prueba donde la fama común estaba siendo pregonera del desorden y manifestándolo sin cautelas, de modo que, al paso que no era ignorado de ninguno, se había hecho tan disimulable para todos que no causaba reparo, ni se hacía novedad. Además de estos [hechos] sobrevinieron tales accidentes que ellos mismos conspiraron a hacer más patente el fraude, porque algunos de los comerciantes que bajaban a Cartagena, después de haber hecho allí el menor empleo y pasando a la costa a concluirlo, fueron apre-sados por los ingleses al tiempo de hacer el tránsito marítimo, y conducidos a Jamaica con las ropas del primer empleo y el dinero que tenían reservado para el segundo; y de este modo, los mismos enemigos de la corona castigaron en ellos, por casualidad, su delito. Pero los que escapaban [con] bien, no encontraban ningún embarazo después que pudiese sobresaltarles con el temor de que, siendo descubierta la maldad, se les impusiese el castigo que correspondía.
5. Este comercio ilícito de la costa de Cartagena se hizo tan común que no se exceptuaron de él los comerciantes de España que habían ido en los registros, los cuales, viendo que iba larga su demora en Cartagena y que los gastos no cesaban, aunque hubiesen expendido las ropas, se entregaron a él con el pretexto de que sus ganancias les contribuyesen a soportarlos. Y con este motivo han mantenido siempre, desde el año de [1737] que llegaron allí y empezaron a vender a los comerciantes de Santa Fe, Popayán y Quito, hasta el de 1744, que salimos de Quito para España, llenos de mercaderías sus almacenes, porque, al paso que daban salida a unas, las reemplazaban con otras, bien que en esto, aunque algunos han ganado, otros han quedado totalmente arruinados, porque, padeciendo los riesgos de la costa, en la cual han sido apresados sus caudales, o los de ser descubiertos y descaminados en Cartagena, en unos o en otros accidentes lo han perdido todo cuando, más cebados en las ganancias de los primeros lances, continuaban este comercio con mayores confianzas.
6. Este lícito comercio que hacían los comerciantes de España en Cartagena, se debe tener por accidental, respecto de que siendo casualidad la irregular demora allí, faltando ésta, cesa también no solamente el motivo, sino el tiempo necesario para ello. Pero el que hacen los comerciantes de aquellas provincias interiores, no sólo es continuo en todas las ocasiones de armada, sino también en tiempo muerto, y aunque en éste no parezca tan cuantioso por hacerse con menos frecuencia, nunca falta.
7. Parece que habiendo tanto desahogo en el comercio ilícito de Cartagena, deberían llegar a España los ecos de sus noticias más abultadas de lo que vienen regularmente, porque, aunque no dejan de alcanzar algunas, no levantan el desorden a grado tan superior como el que acabamos de referir. Pero el que no suceda en esta forma no debe causar novedad, respecto de que, aun dentro del mismo Cartagena, no son sabidores de todo lo que pasa sobre este particular los jueces principales y celosos, porque como es allí el lugar donde se comete la culpa, es asimismo en donde todos la procuran ocultar para que, manteniéndose reservada de los ministros, no pueda llegar el caso de que se castigue el desorden y [se] ponga remedio en él. Y así no parece regular que un introductor de mercaderías haga público su delito; ni que otro que está tan comprendido en él como aquél, lo divulgue; ni que uno ni otro hagan alarde de descubrir la industria de que se valen para conseguir su fin, estando en el mismo paraje donde les amenaza el castigo; pero luego que se hallan fuera de él y en sitio donde no hay recelo que pueda atemorizar, se hace público el hecho, y se refiere como cosa pasada que ya no trae consecuencias nocivas contra sí. Esto estaba pasando en aquellos reinos, y todo lo que se mantenía sigilosamente oculto en Cartagena, publicaban en Quito los comerciantes, y aunque no se acusaban a sí mismos porque sería impropio, hacían pública la conducta de los de Cartagena con tanta puntualidad que señalaban los sujetos que hacían comercio de costa, expresando los viajes que hasta tal tiempo tenían hechos sus caudales, los quebrantos o ganancias que habían experimentado, y los que se mantenían libres de él por no haberse querido exponer a sus riesgos.
8. Por otra parte, los contrarios accidentes que experimentaban los que bajaban de las tres provincias, las facturas y calidades de las mercaderías, según tenemos ya dicho, eran clarines que divulgaban su conducta. Y entre éstos y aquéllos se hacía el fraude con igualdad, para lo cual es una de las pruebas que más lo convencen lo que sucedía con los caudales del Perú ínterin estuvieron en Quito.
9. La armada del Perú, que salió del puerto del Callao para Panamá el día 28 de junio del año de 1739, llevaba registrados cosa de nueve millones de pesos, inclusas las cantidades que se remitían a España. [Por] lo que llevaban para empleo, se consideraba que la feria sería ventajosa para el comercio de España, porque con los rezagos del Perú crecían más los caudales, y no eran equivalentes a ellos los géneros que llevaban cargados los registros. Estos caudales pasaron, después que se retiró [en 1740] la Armada del Sur a Guayaquil, íntegros a Quito, donde empleando unos en las menorías de géneros que había ya en aquélla, y en las que subieron inmediatamente de Santa Fe y Popayán, y bajando otros a hacer sus empleos a Cartagena, se abrió el comercio por aquella parte y empezó a hacer feria a fines del año de 1740. Esta no había cesado a mediados del año de 44 que dejamos aquellos reinos, en cuyo tiempo había ya muchas porciones de los mismos caudales que tenían hechos dos empleos y continuaban el tercero; esto es, que habiendo sido empleados en Quito luego que llegaron, pasaron a Lima, vendieron y volvieron a Quito; hicieron segundo empleo y se restituyeron a Lima con él, donde ya [lo] tenían vendido, y caminaban para hacer un tercer viaje. Bien que esto sólo sucedía con las pequeñas porciones de 30, 40 ó 50 mil pesos, porque las crecidas no podían tener tan pronto su despacho, habiendo entonces en Lima, por la brevedad de éste, tanta carestía de ropa que valía 12 y 13 pesos una pieza sencilla de bretaña angosta, 14 y 16 una vara de bayeta, y a este tenor todos los demás géneros. Con que las ventas de Cartagena no habían cesado y, con todo eso, existían tantos géneros que siempre esperaban los comerciantes ocasión oportuna para hacer la feria, como [si]tuviesen en [su] ser todas sus mercaderías y no las hubiesen desmembrado, para no decir vendido, por lo menos una vez con el continuo tráfico que hizo todo el comercio del Perú junto con [el de] las tres provincias de Quito, Santa Fe y Popayán.
10. En tiempo muerto no deja de hacerse algún comercio ilícito dentro de Cartagena por sus comerciantes, pero no es tanto como el que se practica en las costas de su inmediación, que es adonde acuden para este fin los comerciantes de la tierra de arriba, porque a más de ahorrarse la penalidad y costos de llegar hasta Cartagena, podría ser reparable entonces que fuesen a comprar allí en tiempo que no hay galeones. El que hace Cartagena en estas ocasiones es para el consumo de aquella ciudad y poblaciones de su jurisdicción, y también alguno, aunque no muy considerable, por los comerciantes gruesos que tienen allí su continua residencia, los cuales, con el pretexto o motivo de hacer por su cuenta remisiones a la tierra de arriba con los géneros que les quedan de armada, bien sea comprados o encomendados de los rezagos que no han tenido venta, incluyen con ellos algunos de la costa. Pero esto sucede cuando hay tardanza de galeones o registros, porque de no suceder así, no se experimentaría escasez de ropas y sobra de caudales en las provincias interiores, que es lo que da ocasión en toda aquella América a que los comerciantes se vicien en el comercio prohibido.
11. Entrando con nuestro asunto al mar del Sur, [diremos que] sus puertos no son menores almacenes de géneros de ilícito comercio que de los del permitido y corriente, y de haber alguna diferencia, podrá seguramente aplicarse por exceso al prohibido. Empezaremos por Panamá, que es la puerta por donde pasa todo, haciendo antes la prevención de dividirlo en tres especies: una, de géneros de Europa; otra, de negros, y la tercera y última, de géneros de la China. Las dos primeras se introducen en Panamá por la costa, y aunque precisamente no entren en aquella ciudad los que no se han de consumir en ella, pasan por la jurisdicción de la provincia, se depositan en sus pueblos, y de ellos van a bordo de los navíos que hacen viaje para los puertos del Perú, sin que se les ofrezca obstáculo a los interesados, porque, mediando el indulto que tienen establecido entre éstos y los que están para celarlo, pasan sin dificultad.
12. La gente que se emplea en la introducción de los géneros desde la costa del mar del Norte y los pone en la del Sur, son los mismos que tienen establecimientos en aquella provincia, y de éstos es de los que se valen los comerciantes para hacer sus empleos, mediando para ello un tanto por ciento que les dan, con lo cual se costean y les quedan ganancias suficientes. Estos tienen conocimiento de las veredas más seguras y ocultas, por las cuales se encaminan a los puertos donde están las embarcaciones de trato; compran y, por los mismos caminos o por otros algo extraviados si tienen algún motivo de recelo, se vuelven hasta poner los fardos en el paraje donde se ha con-tratado. Unas veces pasa el atrevimiento a introducirlos en Panamá, si les parece que conviene que salgan de aquella ciudad para el Perú llevando despachos corrientes, como que son mercancías de España rezagadas, para lo cual es preciso que la coyuntura sea proporcionada a este disimulo, y otras, que son las más regulares, lo embarcan directamente en los navíos sin pasar por la ciudad. Pero aun siendo de esta manera, se hace forzoso el disimulo en los jueces y guardas, porque es indispensable haber de pasar, antes de llegar a las playas del mar del Sur, por varios parajes adonde están apostados, por lo que si hubiera el debido celo en ellos, no se podría hacer este comercio.
13. Con el mismo método que se comercia en géneros ilícitamente en Panamá, se ejecuta con los negros en las ocasiones que existen los asientos, y al abrigo de una pequeña partida comprada en las factorías, se introducen otras de fraude, mucho más considerables. Pero, así para este género de comercio como para aquél, siempre es preciso que medie un indulto de tanto por cada fardo o por cabeza, con cuya circunstancia no hay ninguna dificultad para introducir todo lo que se quisiere, con el mismo desahogo que si fuera comercio lícito.
14. El comercio de los géneros de China, prohibido en aquellas partes, no tiene cabimiento en Panamá, porque abundando tanto el de la costa, no hay necesidad de él si no para algunas sedas. Pero como hay arbitrio en aquellos presidentes de conceder licencia a algunas em-barcaciones para que pasen a la costa de Nueva España, van éstas con registros corrientes, y a su vuelta infestan de ropa de la China todas las costas del Perú, porque, aunque no les es lícito llevarla, no por eso dejan de hacerlo, y tomando alguna carga de tinta añil, brea, alquitrán y hierro, que son los efectos que se pueden traer de Nueva España al Perú lícitamente, a la sombra de ellos entran todos los demás, no sin grave perjuicio del comercio lícito ni sin gran menoscabo de la Real Hacienda en los derechos que dejan de contribuir.
15. Uno de los almacenes principales en aquellas costas, donde entran con gran franqueza los géneros de la China, es Guayaquil. Y para que este fraude tenga algún género de disimulo llegan los navíos que vienen de la costa de Nueva España a cualquiera de los puertos de Atacames, Puerto Viejo, Manta o la punta de Santa Elena. Allí desembarcan todo lo que es contrabando, y mediando aquel indulto que tienen ya establecido, el mismo teniente del partido suministra bagajes y se conduce a Guayaquil, donde, interesados en ello el corregidor y oficiales reales, se desentienden de su entrada. Después pasa a Guayaquil la misma embarcación, y entonces se le ponen guardas; pasan a fondearla aquellos jueces, con cuya diligencia se falsifican jurídicamente las sospechas que pueda haber dado la embarcación, y, habiendo hecho una gran papelada de mucho volumen y poca sustancia, queda asegurado el dueño de la embarcación y resguardados los Jueces.
16. A este modo de consentir y aun patrocinar los contrabandos, llaman generalmente en aquellos países comer y dejar comer, y los jueces que los consienten por lo que les rinde cada fardo, hombres de buena índole que no hacen mal a nadie. Pero no atienden a que es defraudar las rentas reales, y que las defraudan de tal manera que aquello que el soberano prohibe absolutamente ellos lo dispensan, y que los derechos, que sólo pertenecen al príncipe, se los apropian ellos a sí mismos; como ni tampoco a que destruyen el comercio lícito, aminorándolo, y viciando los ánimos de aquellas gentes para que, dejándolo, se apliquen al que les está prohibido, pues con el seguro de que toda la pena que merecían por él se conmuta en pagar unos derechos, llevados de la mayor ventaja en las ganancias, no se detienen en lograr la ocasión luego que se les proporciona, y por esto será muy raro el comerciante de pequeño o grande caudal que se deja de interesar con el discurso del tiempo.
17. Puede hacerse reparable, y no sin bastante motivo, que pudiendo aquellos jueces descaminar toda la carga de una embarcación de las que llevan géneros prohibidos, y quedar muy interesados con la parte que les toque, o con toda ella, no lo ejecuten y se contenten con una cosa moderada, dejando que pase libre el introductor, cuando haciéndolo de aquella forma cumplían con las obligaciones de sus empleos, servían al soberano, al bien público y quedaban con un ingreso considerable. Pero ellos tienen razones favorables a su propio interés para no descaminar, y son que, si lo practicaran con uno, no volvería a aquel puerto, y entonces ni tendrían ocasión de hacer segundo descamino ni coyuntura de gozar ningún indulto, y como éstos se repiten con frecuencia, cuando no descaminan tienen una considerable renta en ellos, de la cual se privan cumpliendo con su obligación. De modo que todos aquellos corregidores y oficiales reales que están en postura de contrabandos, lleguen a sus puertos embarcaciones con contrabandos, no sólo [no] ponen mal semblante a los introductores, sino [que], por el contrario, los obsequian y congratulan para obligarlos a que prefieran aquel paraje. Con esta máxima, dirigida a que no cesen las contribuciones de los introductores, se deshacen todas las providencias que se puedan premeditar conducentes a la extinción del comercio ilícito, y lo mismo que sucede con el de las mercaderías de la China pasa con el de las de Europa que llevan a las costas las embarcaciones extranjeras.
18. Muy posible será que haga repugnancia tanta libertad como la que aquí se expresa en el juicio de las personas que no loan experimentado, y particularmente en el de aquellas que, distribuyendo la justicia con igualdad, viven arreglados a ella, celando con el servicio del monarca la conducta de su propia conciencia. Pero, suponiendo que sería horrible temeridad en nosotros ponderar más de lo que es en un asunto donde peligra el crédito y reputación de tantos, sólo podremos decir que todo lo que se expresa en cuanto a la libertad y publicidad con que se comercia allí ilícitamente, lo hemos tocado y experimentado en todas ocasiones, y que en presencia de uno de nosotros sucedió en uno de aquellos puertos que, hallándose varios comerciantes con designio de pasar a Panamá para emplear en ropa de contrabando, y si no la hubiese pronta hacerlo en la costa de Nueva España con géneros de la China, el mismo que les gobernaba, después de haberles obsequiado y asegurado que tendrían firme su amistad, les dijo que esperaba [merecerse] prefiriesen [para la vuelta] aquel puerto a otro cualquiera; que él les haría más equidad que la que podían esperar en ninguna otra parte, naciendo esto de que estaba recién entrado en el empleo, y como no conocían los comerciantes su genio o inclinación, quería darla a entender para que corriese la voz y acudiesen otros allí.
19. Muchas veces sucede que los corregidores y oficiales reales, queriendo manifestarse celosos, hagan uno u otro descamino, pero para ello es preciso que concurra una de las dos circunstancias [siguientes]: bien que tengan concebido encono con el sujeto por haberle trampeado algunos indultos u otro equivalente motivo, o que concurran tales circunstancias en el caso, que no penda ya de ellos el poderlo excusar. Pero estos [descaminos] no hacen ejemplar, respecto de que los interesados conocen que aquellos en quienes confiaban no han sido árbitros para eximirlos del descamino, y así queda en su ser la confianza, y los demás no alteran el concepto que por la anterior experiencia tenían hecho de los tales jueces.
20. De este comercio ilícito que se hace en Guayaquil, una parte se consume en aquella jurisdicción, otra entra en la provincia de Quito y, repartida en todos los corregimientos pertenecientes a la Audiencia, tiene en ellos su expendio, y otra parte se interna al Perú, donde también se reparte, y cuando la cantidad es grande alcanza hasta Lima.
21. Lo dicho hasta aquí es suficiente para que se comprenda el ilícito comercio que se hace en Quito y las vías por donde lo recibe, que son la de Cartagena, la de Guayaquil y por el puerto de Atacames. Por esta última no es tan cuantioso como por las dos primeras, porque como ha poco tiempo que se empezó a abrir aquel camino, no ha sido practicable sino en estos últimos años; pero aun ya en ellos han pasado algunas mercaderías.
22. Parece, según lo natural, que aquel paraje donde los virreyes tienen su asiento podría ser, en alguna manera, privilegiado con el respeto de su inmediata presencia [o] que a lo menos fuese menor el fraude en el comercio a vista de tanto tribunal, de tanto ministro y de tanto juez y guardas como hay para celarlo. Pero allí es donde el desorden llega a su mayor punto y donde sin temor, sin recelo y sin empacho se introducen las mercaderías de contrabando en la mitad del día, y aun son los mismos guardas los que las comboyan, las ponen en lugar seguro hasta que salgan del peligro que pudieran tener en poder de su mismo dueño, como recién llegado, y, para decirlo en una palabra, [incluso] son [ellos] los mismos introductores. Pero, ¿qué mucho [puede extrañar] que suceda esto con las [mercaderías] de contrabando si para tener ingreso solicitan ellos mismos que las que no lo son vayan sin guías, para aprovecharse de la mitad de los derechos, y que el interesado quede usufructuado en la otra mitad?; cuyo asunto es tan público y corriente que no hay ninguno que lo ignore ni que deje de aprovecharse de la ocasión.
23. Aquí es forzoso referir lo que el marqués de Villagarcía nos insinuó al tiempo de ir a tomar sus últimas órdenes para restituirnos a España. En el tiempo que este virrey gobernó aquellos reinos se habían acrecentado tanto las introducciones que ya no sabía qué medio tomar para atajarlas, porque con el motivo de la total escasez de géneros que padecía Lima y todo el Perú, tenían éstos crecido valor, según queda ya notado, y el incitativo de las ganancias tan crecidas que dejarían sus ventas a los mercaderes, aumentó en ellos el desorden, y todos arriesgaban sus caudales sin limitación; de aquí resultaba que se abasteciesen aquellos reinos suficientemente de ropas. El virrey conocía cuán cuantioso era este fraude, pero nunca se le proporcionaba ocasión de corregirlo, porque los demás jueces que estaban para celarlo lo consentían, y como no descaminaban a ninguno ni le pasaban aviso de que llegaban los mercaderes con ropa de ilícito comercio a los puertos de aquella costa, le era imposible hacer ejemplar para contenerlo.
24. Pasó a más este desorden, y fue que habiendo dado noticia al virrey, extrajudicialmente, algunos sujetos que conocían su buen celo de que incesantemente llegaban navíos a aquellos puertos con ropa de contrabando, y que el corregidor y oficiales reales a quienes pertenecían la dejaban pasar libremente y aun daban guías corrientes para que la pudiesen internar, eligió la persona en quien le pareció que hallaría más celo y desinterés para que fuese al tal puerto denunciado en particular a celar las introducciones y hacer pesquisa contra los que las habían permitido hasta entonces. Llegó éste a su destino, [a Paita], y con dictamen y convenio de los mismos contra quienes iba, se dispuso aumentar el derecho de indulto una tercera parte más, aplicada para el tal nuevo juez, y que pasasen las mercancías como antes. Súpolo el virrey y nombró otro en su lugar, que hizo lo mismo, hasta que, sabiéndose que debía llegar a aquel puerto un navío, [el "Santo Cristo de Lezo"], que hacía viaje de los puertos de Nueva España sumamente interesado en ropas de la China, dio comisión de juez de decomisos y pesquisado a uno de los alcaldes de corte de aquella Audiencia, [Don José Antonio de Villalta], el cual confiscó el navío luego que llegó, porque no era disimulable el caso; procesó al corregidor, oficiales reales y a los jueces antecesores a él, enviólos presos a Lima, y habiendo entrado las causas en la Audiencia se desfiguraron los casos que de allá se habían remitido con una plena justificación, de tal suerte que las graves culpas, acreedoras de muy severos castigos, quedaron destruidas y convertidas en parvidades tales que aun la pensión de una ligera multa no hallaba motivo suficiente sobre qué recaer. Y como el virrey sabía muy bien que estábamos hechos capaces de todo lo que pasaba en aquellos reinos sobre este particular y otros asuntos, al despedirnos nos pidió encarecidamente que, pues pasábamos a España, no dejásemos de informar al Ministerio sobre ello cuando llegase la ocasión, haciéndole presente [al ministro] que no teniendo los virreyes más arbitrio que el de castigar en las causas que se justificaba serlo legítimamente, allí era bastante esta circunstancia para que no llegase la ocasión de que se ejecutase ningún castigo, porque todas las culpas se desvanecían antes que llegase este caso. Y aunque en particular no ignoraba el virrey tanto fraude como había, porque todos aquellos géneros se vendían después en Lima públicamente, en lo jurídico le era preciso desentenderse de lo mismo que sabía con toda certidumbre. Por el siguiente caso que insertaremos se vendrá en más pleno conocimiento del sumo desahogo y libertad con que se comercia en el Perú con géneros prohibidos.
25. Restituyéndonos de Lima a Quito el año de 1741, y haciendo la travesía de mar que hay desde El Callao a Guayaquil en el navío "Las Caldas", dio fondo éste en el puerto de Paita el día 15 de agosto y entonces se hallaban en el mismo puerto dos navíos, nombrados el uno "Los Angeles" y el otro "La Rosalía". Aquél acababa de llegar de Panamá cargado de fardos de ilícito comercio, los cuales tenía ya descargados; parte de ellos iban caminando para Lima, y la mayor porción estaban arrumados todo lo largo de la calle de aquella población, porque no cabían en las casas y se estaba esperando que fuesen llegando las recuas de mulas necesarias para irlos despachando a Lima, no descaminados, como debiera ser, sino por cuenta de sus dueños, los cuales habían contribuido ocho pesos por cada fardo, que era entonces lo establecido, y con este indulto tenían el paso franco; el mismo teniente de oficial real, que era el que entonces residía en aquel puerto, solicitaba las recuas para su conducción y franqueaba las de los indios de toda la jurisdicción de Piura. El segundo navío, ["La Rosalía"], había hecho viaje de la costa de Nueva España también sin registro, como el primero, y porque los interesados en las mercancías prohibidas querían ir con ellas a Guayaquil para vender allí e internar la mayor parte de ellas a la provincia de Quito, y el maestre de esta embarcación estaba contrapunteado con aquellos oficiales reales, tomaron el puerto de Manta. Y habiendo desembarcado en él todo lo que era contrabando, hizo derrota después para Paita, llevando a su bordo la demás carga, que consistía en tinta añil, brea y alquitrán, y aunque estos efectos son permitidos allí, en el caso presente debía descaminarse por haber ido esta fragata a los puertos de Nueva España sin licencia y sin registro, y haber vuelto sin él, pero habiendo mediado una regalía o indulto, como con los fardos, no hubo dificultad en que continuase su viaje. Después, sin novedad, los comerciantes que desembarcaron en Manta sus mercaderías continuaron a Guayaquil, y, como contra éstos no tenían los oficiales reales ninguna displicencia, pasaron los géneros sin novedad.
26. Estos dos navíos fueron comprendidos en el número de los muchos de que se les hizo cargo al corregidor de Piura, oficiales reales y demás jueces, y todos los demás que antes y después entraron en aquel puerto fueron de la misma especie y sin variedad en las circunstancias. Esto supuesto, se pueden combinar los hechos con las resultas que hubo en las causas seguidas en el Tribunal de la Audiencia de Lima y ver cómo se pueden disponer unos casos tan constantes como éstos para que quede totalmente desvanecido en ellos el delito.
27. Es una prueba clara de la grande abundancia de este comercio ilícito y la facilidad con que se emplean en él sin reserva, el desahogo con que se hallaban en Paita los [comerciantes] del Perú, con crecidos caudales, cuando entró en aquel puerto el vicealmirante Anson y lo saqueó, dejándole sus riquezas admirado a él y a los suyos al ver en una población tan reducida y pobre, cantidad de plata y oro tan excesiva, y esto aun no habiendo logrado cogerla toda, porque queda dicho en otra parte, [que] la omisión de los que desembarcaron dio tiempo y oportunidad a los negros y mulatos vecinos de Palta y esclavos de los comerciantes para que pusiesen en libertad mucha parte, sacándola de las casas y enterrándola en la arena. También le sirvió de no menor admiración un barquillo costeño, de los que van del Callao a la costa de Paita a pescar el tollo, que apresó junto a las islas de Lobos y cogió en él más de 70.000 pesos en oro pero lo que extrañó más de este caso fue que su dueño se arriesgase con tanto caudal en una embarcación tan pequeña, y era el caso que éste hacía diligencia para llegar a Paita a tiempo de poderse incorporar con todos los demás comerciantes que estaban en aquel puerto, los cuales esperaban la salida de dos navíos que había en él para irse, unos a emplear a Panamá y otros a la costa de Nueva España, cuyo designio no podía ser oculto por no ser aquella derrota para otra parte.
28. La fardería del navío "Los Angeles", que pasando de Panamá en ocasión que ni presente ni anteriormente había habido galeones ni registros, llegó a Palta [en 1741] sin guías ni registros, parece difícil el que [se] interne hasta Lima sin que sea conocido; pero no [se] para allí [el escándalo], porque, luego que están corrientes las cosas, se les dan guías contrahechas y despachos que se fingen, de modo que entran en Lima las recuas cargadas, el virrey las ve pasar desde los balcones de su palacio y, aun constándole que es mercancía de ilícito comercio, le hace persuadir a lo contrario la falsedad con que todo va dispuesto. Este asunto se hace sumamente difícil de creer, pero, con el buen artificio y el método en que se dispone, no debe ser extraño que en Lima no se haga reparable mediante que estos fardos van a la Caja Real, se registran allí, se toma razón de las guías y se cobran después los reales derechos que pertenecen por la entrada. Pero, ¿qué diremos de lo que se introduce en aquella ciudad sin tanta circunstancia ni otra formalidad que la de entrar con ello, seguros de que no ha de haber quien lo estorbe? Pues ahora se verá cómo se ejecuta, y para que no parezca que exageramos en nada, será refiriendo lo mismo que pasó en otro caso, de los cuales pudiéramos repetir varios.
29. El día 19 de noviembre de 1740, haciendo viaje de Quito a Lima, salimos de Piura, donde se incorporaron en nuestra compañía dos mercaderes que llevaban empleo de ropas, parte de la costa de Panamá y de la China. Estos habían conseguido alguna gracia en el indulto y no quisieron llevar guías de Piura para Lima, por ahorrarse en aquella ciudad el importe de la mitad de los derechos. Como entonces no estábamos tan instruidos en el método de todas las introducciones y la facilidad que hay para ello, se nos hacía difícil [creer que] pudiesen entrar en Lima con su empleo sin ser descubierto el fraude y, por consecuencia, descaminadas las mercancías, y más no siendo tan reducidas o pequeñas que se pudiesen ocultar fácilmente. Esta confusión en que estábamos, y la serenidad con que iban los dueños sin precaverse de nada, nos dio ocasión a investigar el motivo de su seguridad, y a saber de ellos que allí [donde] nosotros considerábamos el mayor riesgo, había de ser donde con más descuido y mayor confianza habían de abandonar sus mercaderías. Así sucedió, pues luego que llegamos a estar [a] una jornada de Lima, nosotros continuamos nuestro viaje, y ellos hicieron alto en aquel paraje, que era donde estaban los primeros guardas de Lima, los cuales tienen obligación de reconocer las guías y dar pase a los arrieros. Los dos comerciantes dieron noticia a estos guardas de que sus géneros eran de contrabando y no llevaban guía, y que las cargas se detendrían allí dos días, ínterin que el uno de los dos pasaba a ver al guarda mayor de Lima. Así lo ejecutaron, y aunque ninguno de los dos comerciantes tenía amistad ni conocimiento con el que ocupaba este empleo, el que se adelantó se fue derechamente a él y le descubrió todo el negocio, informándole que en el camino dejaba tantas cargas de mercadería que deberían llegar a Lima tal día a tal hora, que no llevaban guías ni despachos, y que así se sirviese disponer su entrada ínterin que él se iba a tal posada, adonde tenía aviso el otro compañero de venir con las demás [cargas] de sus equipajes que no contenían ningún fraude, y que a la misma posada le podía remitir esotras cuando fuese tiempo, y lo hallaría puntual a satisfacerle lo justo; el guarda mayor despachó otro guarda cuando le pareció tiempo, para que saliera a encontrarlas en el camino, y entre dos y tres de la tarde entraron en Lima [las cargas] y pasaron a ser depositadas en casa de uno de los mismos guardas, y el segundo interesado se fue a la posada con las que no tenían cosa de cuidado. Pasados dos o tres días fue el mismo guarda mayor con otros ministros y un escribano a registrar la habitación de estos comerciantes, suponiendo como haber tenido aviso de que eran recién llegados y que llevaban mercaderías de contrabando; reconocieron las petacas y lo demás de sus equipajes, y como no encontraron en ello lo que fingían que buscaban, hicieron poner esto por diligencia, con la cual desvanecían totalmente la noticia que ellos mismos habían esparcido. Estas diligencias jurídicas las pasaron después a los oficiales reales para que quedasen satisfechos, y habiendo mediado otros tres o cuatro días para que, si querían volver a repetir el reconocimiento, los oficiales reales no hallasen más de lo que constaba por las diligencias del primero, remitieron a la posada todas las mercaderías, tomando por indulto la mitad de lo que habían de pagar por derechos reales de entrada y alcabalas, y dejando la otra mitad en beneficio de los dueños; [recibidas éstas], empezaron éstos a desenfardelar desde el mismo día, y a vender públicamente sin riesgo ni reserva.
30. Con este método se hacen en Lima las introducciones sin que peligren los caudales empleados en los géneros prohibidos, y en esta forma lo practican los contrabandistas, quienes en parte deben ser disculpados, porque abriéndoseles las puertas para la entrada por los mismos que las habían de cerrar, se aprovechan ellos de la ocasión para adelantar las ganancias de su comercio, lo que no se atreverían a ejecutar si supieran que había de ser gran casualidad el salir con su fin, pues no hay ninguno tan falto de consideración que quisiera exponer caudales tan crecidos, como de 50.000 y 100.000 pesos, y en ocasiones mucho más, a un riesgo evidente, por el atractivo de las más sobresalientes ganancias. Pero lo más sensible y lastimoso de este asunto es que hasta el presente no se le reconoce remedio.
31. Si tan poco atenta en el cumplimiento de su obligación es la conducta de aquellos guardas por lo tocante a comercio ilícito, deberá aún causar más confusión lo que sucede en el lícito de géneros de Europa y del país, pues no contentos con el crecido ingreso que sacan del comercio prohibido, lo tienen también en éste, usurpándole al rey sus derechos; este desorden es tan grande que aún más es lo que ellos defraudan que lo que se contribuye al real erario. A este fin procuran los comerciantes dividir toda la porción de mercaderías que les pertenece en tres o cuatro partes, y sacan una guía de cada una; por ejemplo, siendo 100 fardos, sacan una guía de 20, otra de 30, otra de 15 y otra de 35, separadas. Al llegar cerca de Lima se adelanta el dueño principal, y llevando las cuatro guías consigo pasa a verse con el guarda mayor, el cual, habiéndolas reconocido, se conviene con él disponiendo que se presenten dos en las Cajas Reales y que se reserven las otras. Con esto entra toda la ropa, y apartadas las partidas pertenecientes a las guías reservadas, las ponen en paraje donde no estén a la vista con las otras, y pasa el mismo guarda mayor a hacer la visita de los fardos, acompañado de los demás sujetos a quienes corresponde hallarse en esta ceremonia; concluida esta diligencia, percibe la mitad de los derechos que habían de pagar aquellos fardos reservados y queda en beneficio del comerciante la otra mitad.
32. No hay duda que pudieran los comerciantes llevar fuera de guías todos aquellos fardos que tuvieran ánimo de introducir, con el ahorro de la mitad de derechos. Esto se hace regularmente con las mercaderías del país, porque, como no pueden equivocarse con las de Europa, no tienen peligro de que los corregidores por donde pasan pretendan ningún indulto sobre ellas para dejarlas pasar. Pero como en las mercaderías de Europa hay el riesgo de que, aun siendo de armada o registros, si no llevan guías las tengan por de ilícito comercio y quieran los corregidores tomar indulto para dejarlas pasar, evitan este expendio con aquella providencia de llevarlas corrientes, y no les sirve de estorbo esta prevención para conseguir su fin cuando llegan a Lima.
33. Lo mismo que se experimenta por tierra, sucede en el comercio marítimo, de modo que la embarcación que viene al Callao cargada de vinos, aguardientes, aceite, aceitunas y otros frutos de los que se producen en Pisco y Nasca; las que llegan de Chile con jarcias, suelas, cordobanes [y] sebo; las que van de la costa de Nueva España con tinta, alquitrán y brea, [o] las que de Guayaquil [van] con maderas, llevan registrada la mitad de la carga y va [la] otra mitad, o por lo menos un tercio de ella, fuera de registro, para que entre libre de derechos, pagando al guarda mayor del Callao la mitad de su importe. Esto es allí tan público y corriente que ya no se hace extraño ni notable a los que conocen aquel país, pero como no puede dejar de serlo acá, citaremos uno de los muchos casos en que lo experimentamos, para que el ejemplar convenza lo que se hace tan increíble a la razón.
34. El día 24 de diciembre del año de 1743, salí del puerto del Callao para restituirme a Quito [por] segunda vez en una embarcación que hacía viaje a Panamá, la cual, por ser pequeña, tenía su más regular tráfico en la costa de Pisco y Nasca, llevando frutos al Callao. Su dueño, que la mandaba, haciendo regulación de las ganancias que cada uno de aquellos viajes le dejaba, incluía entre ellas el ahorro de derechos que le pertenecía por la mitad de la carga que llevaba siempre fuera de registro. Y aunque yo no ignoraba nada de lo que sucedía sobre este particular, por ver si adelantaba a lo que ya sabía, le hice algunas preguntas sobre este asunto; y de ellas saqué que en aquellos viajes que son cortos, porque en cosa de un mes van y vuelven las embarcaciones, aun antes de salir del Callao están ya convenidos el guarda mayor y [el] dueño de la embarcación de la cantidad de carga que ha de ir fuera de registro, y siendo embarcación que no se emplee en otro tráfico más que en éste, si carga 500 botijas se ponen en registro 250 ó 300, y las demás entran de por alto, debajo de cuyo pie corre después en todos los demás viajes. En el que esta embarcación hacía a Panamá, que era el primero que había emprendido para aquella parte, sólo llevaba la cuarta parte de su cargazón fuera de registro, y nacía esto de que el dueño de ella no tenía conocimiento con aquellos guardas, pero decía que después de adquirir amistad con ellos, quedaría convenido en la cantidad que habría de llevar sin registrar en los demás viajes que ejecutase.
35. Aquí se puede ofrecer un reparo, y es que, puesto que allí se defraudan las rentas reales con tanta libertad y desahogo, sería más natural [que] la vez que se comete la maldad, [ya que] hay franqueza para todo, hacerla por entero, y no en parte. Pero esto tiene en su contra que los que cometen estas iniquidades, al paso que solicitan interesarse, quieren también quedar cubiertos y disimularlas, lo que no pudiera ser si faltara con qué hacer cara. Y así, a imitación de los reconocimientos que se practican en los fraudes de tierra pasando a visitar las mercaderías que lleva el comerciante y a ver si convienen con las guías, se practica también en el tráfico del mar, y pasan el juez nombrado para este asunto, los oficiales reales, guarda mayor y escribano de registro, a fondear la embarcación. Pero esta diligencia no se reduce a más que [a] hacer la plataforma de ello, pasando a su bordo con el registro que se les ha presentado, poniendo por diligencia que se ha registrado y que lleva la embarcación lo que consta del registro, y, últimamente, a tomar los derechos que les corresponden por la visita, sin que en realidad se haya hecho, ni sea posible aunque quisieran, porque no lo es el que se reconozca todo lo que tiene a su bordo una embarcación abarrotada, donde no se ve más que aquello que está superficialmente a la boca de la es cilla. Así, esta visita sólo sirve de aviso para el dueño de la embarcación de que puede descargar desde entonces libremente todo lo registrado, y lo que no lo está, porque los ministros del rey están ya satisfechos de lo que lleva y de que en ello no hay fraude.
36. La prueba más evidente del crecido fraude que se hace, en aquellos reinos, en los derechos de entradas y alcabalas que deben contribuir a la Hacienda real todos los géneros y efectos que entran en Lima, Callao y demás ciudades y puertos de aquellos reinos, y los de salida en los que los tienen, se puede ver en lo sucedido con los derechos de "mutuo y nuevo impuesto", establecidos con el motivo de la guerra contra ingleses, para sufragar a los gastos extraordinarios de armamentos marítimos y manutención de tropa que se levantó. Estos derechos, que comprendían plata, géneros de Europa [y] del país, y frutos, sin excepción de otros que los del trigo y sebo, eran tan considerables sobre cada especie que, bien calculados por las reglas de lo que legítimamente entra en Lima anualmente según la práctica y conocimiento de los hombres más inteligentes en esta materia, debían sufragar en un año a mucho más de lo que importaba el expendio extraordinario que se hacía en él. Pero como el dinero se necesitaba de pronto, dispuso el virrey, con dictamen de la Audiencia, hacer una derrama entre el comercio y vecindario acaudalado de Lima, para habilitar con su monto la escuadra que despachó a Panamá por febrero del año de 42 y los navíos que habían de ir a Chile, lo cual se había de satisfacer de lo que produjesen estos derechos; y para que estuviesen mejor administrados y celados, dio la comisión de su cobranza al tribunal del consulado, esperando que vigilase más bien en ello por ser todo el comercio interesado, precediendo fianza que dio éste para obtener el depósito de lo que redituasen estos impuestos, y en su consecuencia puso contaduría particular aquel tribunal, nombró guarda mayor, visitador y otros guardas para que vigilasen en las entradas y evitasen los fraudes. Pero ¿qué sucedió, si no lo que con tanta desgracia es mal universal en aquellos reinos? Estos guardas se unieron con los otros y siguieron el mismo rumbo, de suerte que, al cabo de tres años de estarse cobrando, que era por octubre del año de 1744, permanecía el empeño en el mismo ser que a los principios, no alcanzando lo que se percibía a soportar los gastos que se repetían, aunque incomparablemente menores, desde el año de 43 en adelante que los que se habían hecho en los de 41 y 42, porque en el de 43 se reformaron los regimientos que se habían levantado, y sólo se armaron dos navíos [la Esperanza y el Belén] para que fuesen a las costas de Chile, y en el de 44 no se armó más que uno, [la Esperanza]. Con que todo se convertía en fraude, sin que se consiguiese el fin.
37. Lo que se hace más sensible en este particular es que ni el honor, ni la conciencia, ni el reconocimiento de verse mantenidos por el soberano con los crecidos salarios que le disfrutan, sirve de estímulo en aquellos países para celar lo que es de la obligación de cada uno. Y así está manteniendo el rey a los que le usurpan sus derechos [fiscales] y menoscaban su Real Hacienda.
37 bis. Volviendo al fraude que se practica en el Perú en los géneros que deben contribuir derechos reales, debemos advertir, para concluir este asunto, que lo mismo que queda dicho de Lima sucede generalmente en todas las demás ciudades y poblaciones de aquellos reinos, y que al tenor con que se practica en las mercaderías y frutos, sucede con todo lo demás con que allí se comercia, porque éste es mal universal de todo el reino, y general sobre toda suerte de mercaderías.
38. Sobre el particular del comercio ilícito que se hace en el Perú con géneros de Europa introducidos por la costa de Panamá, se ofrecen algunos medios que pueden contribuir a su extinción, de tal modo que casi enseña ya la experiencia que puede llegar aún a perderse este curso totalmente, pues al paso que lo hemos visto en su mayor auge, lo hemos conocido también en su total decadencia. Y para aclararnos sobre este asunto, estableceremos primero las causas que conocemos y dan ocasión a él.
39. Para que haya comercio ilícito es preciso no sólo que deje unas utilidades sobresalientes que sufraguen a las contribuciones que se han de hacer para facilitar los pasos y allanar las entradas, sino que deje mayores ganancias que el comercio lícito, porque si fueran iguales los beneficios de uno y otro a favor del dueño, no habría ninguno que, sólo por defraudar los derechos reales, se emplease en él, pues entonces sería ejecutar un daño sin expectativa de algún bien.
40. En segundo lugar, es de suponer que los caudales no pueden estar parados en el Perú, porque, siendo grandes los gastos, si no se hiciesen continuos empleos a proporción que unos efectos se van vendiendo y convirtiendo en dinero, resultaría que se menoscabarían y, con el tiempo, llegarían a deshacerse totalmente, como se experimenta con muchos. Esto asentado, se hace preciso ahora entrar a especular de qué modo se comercia allí con los géneros de Europa y con los del país, de lo cual y de lo que acabamos de establecer, se vendrá en conocimiento de las causas que tienen por principio estos desórdenes.
41. Para mejor inteligencia de lo que se va a explicar, será acertado suponer el caso de unos galeones, como que es en éstos en los que tienen recurso aquellos reinos para hacer sus empleos. Luego que el comercio del Perú se restituye a Lima después de concluidas sus compras en Portobelo, todos generalmente abren sus tiendas y ponen almacenes para empezar las ventas. De las provincias interiores y de toda la sierra bajan a Lima a emplear los que comercian con corto caudal unos compran a dinero de contado, y otros parte a contado y parte a crédito , pero además de esto, envían cajeros suyos los mismos comerciantes de Lima a aquellas provincias, para que vendan por su cuenta. De modo que, tanto por lo que expenden de esta manera, como por lo que venden dentro del mismo Lima, a los seis meses después de haber llegado [las mercancías] a aquella ciudad, se hallan ya con una gran porción de sus géneros reducidos a dinero, lo cual será mayor en unos que en otros, según la oportunidad de ventas que hubieren logrado. Este dinero y el que sucesivamente va haciendo el comerciante, si lo hubiera de tener parado hasta otros galeones, la mayor parte del tiempo no le redituaría nada y llegaría el caso de hallarse con todo su caudal en dinero, sin poderlo adelantar y, antes bien, comiendo de él, porque ni allí hay comercio de cambios, ni otro alguno en que poderlo entretener, porque un comerciante de Lima no ha de ir a comprarle a otro los géneros que le han quedado por no haberlos podido despachar con tanta prontitud, y como no hay armadas, ni registros que puedan tenerlo entretenido, faltándole otro recurso que el de enviarlo a la costa, [así lo hace. Para ello] se valen de la ocasión de algún comerciante de pequeño caudal que pase a Panamá y bien sea dándoselo a riesgo, por un tanto por ciento, o por su cuenta, le confía una parte de lo que tiene en plata para que nunca le falten géneros ni esté privado de ganancias, de cuyo modo van los caudales traficando sin parar; con el mismo motivo envían otras porciones a la costa de Nueva España, y no se les ofrece ocasión en qué poder hacer empleo que no la aprovechen, porque el comerciante, menos que otro ninguno, puede tener ocioso su caudal.
42. Esto sucede con los comerciantes gruesos, que son los que fomentan el trato ilícito, y los de pequeños caudales son los que personalmente van a hacer sus empleos, con tanta anticipación cuanto son menores los caudales que manejan, pues, como venden presto y se deshacen de los géneros con facilidad, luego que los tienen reducidos a dinero no piensan en otra cosa si no es en volverlo a emplear.
43. De aquí nace que nunca esté pronto el comercio del Perú para pasar a celebrar la feria a Portobelo cuando llegan los galeones, porque sus caudales están esparcidos unos en la tierra, todavía en efectos que no se han vendido, otros caminando ya hacia Lima, y otros juntos allí, lo cual sucedería en la misma forma al cabo de un año de celebrada una feria como al de tres o cuatro.
44. Es cierto que se puede hacer un reparo bien fundado: que teniendo géneros del país en que emplear aquellos caudales que se van convirtiendo en dinero, como son los paños, bayetas y lienzos que se fabrican en Quito, si no lo hacen será por inclinarse más a las ganancias del comercio prohibido, que a las del que no lo es, por ser menores. Pero no es ésta la causa, sino que el comercio de géneros de Europa se ha de considerar siempre independiente del del país, haciendo división de los caudales, de los cuales se ha de considerar aplicada la una parte a las mercaderías de Europa, y la otra a las del país. El [comercio] de estas últimas no cesa nunca, porque la gente que se vista de ellas, como son los mestizos, mulatos, indios y gente pobre, usándola siempre, tiene el mismo consumo en tiempo de armada como en el que no lo es, y así todos los comerciantes que bajan de las provincias de la sierra a emplear en Lima, compran parte de mercaderías de Europa, y parte de géneros del Perú, y lo mismo practican los comerciantes de Lima cuando hacen remisión de géneros por su cuenta a aquellos parajes. Con que, estando siempre en curso aquellos caudales que pertenecen a los géneros del país, no dejan hueco para que se empleen en ellos los que pertenecen a géneros de Europa y los de esta división son los que, por no tener en qué poderse embeber en el intervalo que media de una armada a otra, van a la costa o a los puertos de Nueva España.
45. Los géneros de la costa son comprados por aquellos comerciantes, cuando van a emplear en ellos, con tanta rebaja a los del lícito comercio de galeones que dejan usufructo a los que lo ejecutan para hacer las contribuciones necesarias hasta ponerlos en Lima, y allí logran después ganancias sobresalientes a las de los otros; pero aunque no fueran sino iguales, y aún algo menores, en tiempo muerto siempre les tendría cuenta comerciar en ellos [con sus caudales], mediante que no hay entonces asunto a qué poderlos dedicar con esperanza de otras [ganancias], ni mayores ni menores. Pero hay caso en que el usufructo de este comercio no iguala, con mucho, al del lícito, y entonces no es apetecible. Así se experimentó el año de 43, cuando llegaron [en junio] al puerto del Callao los tres navíos: el Luis Erasmo, el Lis y La Deliberanza, que, siendo franceses, pasaron a aquella mar con registro de ropas españolas, fletados por los comerciantes de Cádiz [Olave y Guisasola]. Pues, desde que se supo que habían pasado el cabo de Hornos y entrado en los puertos de Chile, cayó tanto [el precio de los géneros] que, conociendo su pérdida los que se hallaban entonces con cantidades de mercancías de contrabando de las de Europa, aunque quisieron salir de ellas antes que del todo se aminoraran sus precios, no lo pudieron conseguir sin pérdida de casi un doce por cien y más.
46. La entrada de estos tres navíos fue bastante para contener el desorden del ilícito comercio, haciendo que retrocediesen los que se hallaban en vía para ir a emplear. Después llegó la Marquesa de Antin y el año de 44 el Héctor y el Enrique, y hallándose Lima abastecida de géneros suficientemente, cesó totalmente el trato de Panamá, porque ya era pérdida el ir a emplear allá, y les tenía más cuenta a los comerciantes de pequeños caudales hacerlo en el mismo Lima que el arriesgarse con ellos a una pérdida evidente, porque, aunque las compras de la costa sean cómodas, los gastos de conducir los géneros hasta Lima y los de las contribuciones, juntos con el interés y riesgo del dinero, sube a tanto que son impracticables estos viajes habiendo frecuencias de navíos en la mar del Sur, aunque éstos [géneros se] vendan, como entonces [se] vendían, con unas ganancias sobresalientes. Los que reciben perjuicio cuando hay navíos de registro en la mar del Sur son los comerciantes que manejan caudales gruesos, porque como los registros venden a todos los que bajan a emplear de las provincias interiores de la sierra, se inclinan éstos a comprarles para lograr la mayor conveniencia que pueden hacer, y a los otros no les queda otro recurso más que el de comprar pequeñas porciones y remitirlas a la sierra de su cuenta; de lo que resulta que, yendo los registros con frecuencia, esto es, sin dejar de entrar ningún año los necesarios para el abasto de aquellos reinos, nunca llegará el caso de que escaseen los géneros y que sus precios tomen tanto auge que sea cómodo el ir a emplear en géneros de la costa. Así se experimentó entonces tan seguramente que aun el nombre "de costa" se había hecho aborrecible por el quebranto que tuvieron los muchos que se vieron sorprendidos con la novedad de estos navíos, y desde entonces hasta que dejamos aquellos reinos, no se oyó decir que se hubiese atrevido nadie a ir a Panamá con este fin.
47. No hay duda que lo grueso del comercio de Lima recibe menoscabo de que entren navíos en aquella mar, porque se les priva de que ellos sean los únicos que vendan en Lima, que es en lo que tienen todas las ganancias. Pero si el fin del comercio se reduce a abastecer de mercaderías aquellos reinos, y que éstas sean llevadas de España, quitando la ocasión de que sean los extranjeros quienes los surtan de ellas y se utilicen en sacar la plata con extravío [de ella], y en las ganancias de sus ventas, en este caso no se debe atender a la mayor comodidad de aquellos comerciantes, cuando, de procurársela, resulta el menoscabo del comercio de España y el de los derechos reales en la entrada y venta de géneros, y en la salida e indulto de la plata, sino a que se consiga el fin por el medio más proporcionado y eficaz para ello, y no hay otro donde hay tan poco celo como allí para mirar por la Hacienda Real, y tan poca legalidad en los que lo tienen a su cargo, que el de que aquellos reinos estén abastecidos de géneros continuamente. Y así el comercio lograría siempre la facilidad y brevedad del despacho de sus géneros, si de golpe no fueran muchos navíos y en ellos un crecido número de toneladas, pues en todos tiempos habría plata en Lima, otras cantidades en la sierra, y efectos en una y otra parte que fuesen continuamente circulando. De este modo se puede conseguir que llegue totalmente a olvidarse el nombre "de costa", y que no tengan los caudales tanto motivo de extravío, pasando inmediatamente a poder de los extranjeros y, juntamente, el que se excusen fraudes en las entradas, porque, poniéndose todo cuidado en la cargazón de los navíos que hubieren de ir a aquellos puertos, y obligando a los cargadores a que paguen por entero en Lima todos los derechos correspondientes a la cargazón que constare por sus registros, aunque con licencia hayan vendido en otros puertos antes de llegar al del Callao, no podrá haber fraude en lo que perteneciere a todo lo registrado, debiéndose tener por cosa evidente que lo que saliere de España fuera de registro, ha de entrar en Lima sin embarazo ni pagar más derechos que la mitad, que será el irremediable indulto de los guardas.
48. Esta providencia de ir frecuentemente navíos con registro a aquellos puertos, no alcanza a destruir el ilícito comercio de los géneros de China que se llevan de la costa de Nueva España, porque es tanta la baratura que tienen allá, que no puede compararse, aun después de costeados y puestos en Lima, a la de los géneros equivalentes que se llevan de España. De lo cual nace que dejen unas ganancias exorbitantes que exceden de un cien por cien, y hay géneros entre los que se llevan que, logrando la coyuntura de comprar en Acapulco de la primera mano, pasan las utilidades que les quedan a los comerciantes, en los renglones más selectos, de un doscientos por cien, bien que hay otros que, en contraposición, sólo les deja un cincuenta por cien. Esto lo confirmé con la ocasión de haberse embarcado en La Deliberanza, para venir a España, un comerciante de aquellos reinos que acababa de hacer viaje de la costa de Nueva España a Lima, y tratando de las utilidades que deja aquel comercio decía que, después de haber tenido algunas averías en su empleo, le había quedado libre de todo costo un ciento cuarenta por cien del principal, pero que esto había nacido tanto de haber logrado la ocasión de emplear en [la] feria de Acapulco, cuanto porque las contribuciones para el pase habían sido muy moderadas en virtud de algunas recomendaciones que con prevención se les habían hecho a los jueces por donde había de pasar para que lo atendiesen.
49. Con todo esto, como los géneros de China que se pueden introducir en el Perú, por la mayor parte se reducen a sedas, siempre quedarán los de lana y lino, y tejidos de oro y plata, en su ser, y quitada la ocasión de que se introduzcan éstos por contrabando, además de que los tejidos de seda de la China, aunque embarazan el mayor consumo de los de Europa, no les quitan la estimación. Pero aquel comercio será inagotable, no sólo según nuestro sentir, sino por el de todos los hombres de comercio de aquel país, ínterin que vayan navíos de Manila a Acapulco, porque según dicen los mismos que emplean en estos géneros, aunque tuvieran grandes sospechas de que habían de ser descaminados, no podrían resistir a la tentación de la suma baratura con que se venden en Nueva España tales géneros.
50. Queda dicho que el único medio de destruir el comercio de la costa es el que haya abundancia de géneros en Lima, lo cual se ha de entender de tal modo que no sea tanta que esté continuamente abarrotada de géneros aquella ciudad, porque entonces redundaría en perjuicio de los comerciantes que los enviasen o fuesen con ellos, sino en un buen medio, [es decir], que sin faltar abundantemente, no sobre; y se puede hacer el cómputo de los que necesitan aquellos reinos por el regular consumo que hay en ellos. Cuando llegaron las primeras tres fragatas francesas a aquella mar, abundaban mucho las mercaderías en Lima, porque, por una parte, estaba abastecida de las que continuamente pasaban de Panamá; por otra, de las que se llevaban de Quito compradas en Cartagena y en su costa, cuyas remisiones no cesaban, y, por otra, de las que pasaban de Nueva España. Y con todo esto llegaron las fragatas y empezaron a vender con estimación sobresaliente, y hubieran evacuado enteramente su cargazón si no hubieran llevado entre ella algunos géneros que tienen allí poca salida. La Marquesa de Antin, que llegó muy poco después y empezó su venta casi al mismo tiempo que los otros, experimentó lo mismo, y así les sucedió también al Enrique y el Héctor. Con que, con mucha más razón sucederá esto cuando cesen las dos entradas de Cartagena y Panamá, que con precisión se han de exterminar, permaneciendo el comercio por la mar del Sur en la forma que queda dicho.
51. Ahora falta especulizar por qué vía puede convenir más el comercio para que se abastezcan de géneros aquellos reinos, si por la regular de Portobelo, que se hace en tiempo de paces, pues también por ésta se pudieran enviar registros con frecuencia, o por la del mar del Sur, pasando por el cabo de Hornos. Y parece que, a vista de lo que queda dicho sobre el comercio de Cartagena, no hay que dudar que la de ir en derechura al mar del Sur es la acertada, porque la otra, en lugar de extinguir el ilícito comercio, serviría de pretexto para acrecentarlo, y así sucede cuando hay armada de galeones, porque, dejándose rezagadas algunas cantidades de mercaderías en Panamá después que se vuelve la armada del [mar del] Sur para el Perú, o con ánimo de esperar otra ocasión en que los fletes sean más cómodos para enviarlas, o con el de venderlas allí, sirven éstos de capa para que, a su sombra, entren en Panamá continuamente los de la costa. Y así, desde la armada de galeones del año de 1730, que salió de Portobelo para volverse a Cartagena por junio del de 1731, hasta el año de 1736 por enero, todavía había en Panamá géneros de Europa con nombre de ser de la armada, y aunque siempre llevaban algunos las embarcaciones del Perú, nunca se llegaba a ver su fin. Con que esta vía no es conveniente nunca que se pretenda extinguir totalmente el ilícito comercio.
52. La vía de cabo de Hornos, que es la que miramos como la más acertada, tiene el grave inconveniente de aquella penosa navegación, difícil sólo para [la marinería de] nuestra nación, que no está acostumbrada a navegar en parajes donde, en lo más sazonado del verano, nieva y graniza, ni a sufrir las incomodidades de aquellas mares, casi siempre agitadas con extremo, ventando en
ellas continuos temporales, que es lo que los horroriza. Pero pudiera disponerse de tal suerte que, poco a poco, se fueran acostumbrando a soportar sus incomodidades los marineros de las costas de Cantabria y Galicia, que, más endurecidos al frío que los demás de España, podrían soportarlas más bien. Y con pocos que hubiese habituados, en el discurso de dos o tres viajes, a hacer su travesía, serían bastantes para que, a su lado, empezasen otros a seguir la misma carrera, y dentro de pocos años se tendría marinería bastante para no necesitar de la extranjera, que es la única que pasa ahora aquel cabo sin dificultad, porque, acostumbrados a los temporales del Norte, no se les hacen extraños aquéllos.