Época:
Inicio: Año 1 A. C.
Fin: Año 1 D.C.

Antecedente:
El ordenamiento jurídico

(C) Mercedes Alonso de Diego



Comentario

La Ley de 24 de abril de 1958, sustituyó el concepto "casa del marido", con el que se definía entonces la vivienda común del matrimonio, para transformarlo en el "hogar conyugal", el término propuesto por Mercedes Fórmica. Desde entonces los jueces pudieron decretar que fuese la mujer la que disfrutase de la vivienda conyugal tras la separación. También se eliminó la figura degradante del "depósito de la mujer", ese derecho-obligación del marido de "depositarla" en casa de los padres o en un convento. Además se limitaron los poderes casi absolutos que tenía el marido para administrar y vender los bienes del matrimonio, y se permitió que las mujeres viudas que contrajesen nuevo matrimonio pudieran mantener la patria potestad sobre sus hijos. Mercedes Fórmica reclamó también la eliminación de otros preceptos legales que atentaban contra la dignidad de la mujer, como el tratamiento discriminatorio de la mujer adúltera frente al hombre adúltero en el Código Penal, reforma que no llegó hasta la democracia, en 1978, cuando se despenalizó el adulterio. Poco antes se había eliminado la licencia marital y la obediencia al marido, que hasta 1975 habían sido obligaciones legales. La activa participación de Fórmica en el impulso de esta reforma hizo que fuese bautizada, con ironía, como "la reformica", aludiendo a su apellido y al limitado alcance de la misma, pese a que fue un importantísimo primer paso hasta que la ley reconociera ¡en 1981! la plena igualdad del marido y la mujer en el matrimonio.


Las voces que desde comienzos de los años cincuenta habían solicitado una revisión de al situación jurídica, siguieron escuchándose después de 1958. La revista Teresa, publicación de la Sección Femenina, aportó un amplio reportaje elaborado entre 1956 y 1958, "Las mujeres quieren trabajar", donde se recogían las profesiones a su entender "mas adecuadas" para las mujeres, y de manera novedosa, se indicaba también un amplio abanico de posibilidades profesionales que se iban adecuando más a la realidad social del momento, y que iban de traductora de idiomas a la creación de un cuerpo de policía femenino.



Desde el ámbito jurídico no faltaron aportaciones. En 1959, un grupo de alumnas de cuarto curso de Derecho de la Universidad Central de Madrid organizaron un ciclo de conferencias bajo el lema "La mujer en la vida jurídica española". So objetivo era plantear públicamente, en un entorno universitario, las limitaciones que se encontraban las licenciadas en Derecho para acceder a la vida jurídica. En el ciclo participaron destacados juristas y algunos de los profesores que ya habían participado en la encuesta del diario ABC en 1953.



Fraga, ministro de Informacion y Turismo, en la Feria del Libro

Fraga, ministro de Informacion y Turismo, en la Feria del Libro




Estaba claro que ya a finales de los cincuenta, existía un estado reopinión cada vez más favorable a la reforma de las limitaciones jurídicas de las mujeres. Algunos factores como la puesta en marcha en 1959 del Plan de Liberalización y Estabilización Económica; el turismo; la emigración; la influencia del cine, la radio y las revistas; así como las necesidades del Régimen franquista y de la Sección femenina de dar una imagen más acorde con los tiempos, contribuyeron a los siguientes pasos para la aprobación de la Ley de 22 de julio de 1961.