Época: Mesopotamia
Inicio: Año 1800 A. C.
Fin: Año 500 D.C.

Antecedente:
Los reyes de Babilonia

(C) Alvaro Cruz García



Comentario

Una de las principales complicaciones al hablar de la administración de justicia en el Imperio babilónico resulta del hecho de su prolongación en el tiempo y de las diversas tradiciones culturales que tenía cada ciudad, con lo que difícilmente se puede hablar de un único tipo de justicia aplicable a todo el Imperio a lo largo de su historia. Las leyes eran diferentes de unas ciudades a otras y además evolucionaban a lo largo del tiempo. No obstante, es posible trazar algunas pautas generales.
La I dinastía supuso el comienzo de la separación del sacerdocio de la administración de justicia. A partir de entonces, se forman tribunales civiles presididos por la máxima autoridad local y formados por personajes notables de la localidad; posteriormente estos tribunales los integran entre cuatro y ocho jueces, auxiliados por funcionarios, y un grupo de ancianos actuando como consejeros. Aunque se desconoce si los miembros del tribunal recibían una compensación por su trabajo, sí que se sabe que su función social era vista con rigor, considerándose que asumían una gran responsabilidad. Por ello, cualquier decisión injusta o contraria a las leyes era castigada con dureza.

Los juicios o dinum se celebraban a las puertas de la ciudad. En ellos, demandante y demandado se representaban a sí mismos, pues no existían abogados ni fiscal. El procedimiento estaba perfectamente establecido: primero se juraba ante los dioses; después exponía el acusador el motivo de su querella y más tarde se defendía el acusado. La decisión del juez era reflejada por escrito, firmada y sellada. En caso de desacuerdo con la sentencia era posible recurrir ante un tribunal superior en Babilonia, llamado los "Jueces del Rey". Todavía por encima de éste la persona disconforme podía recurrir al propio rey, pues éste era el juez supremo o diyyanum.

Los castigos dependían, lógicamente, del delito. Era común condenar a penas económicas, así como castigar con el destierro, la flagelación, mutilaciones o la muerte por asfixia, fuego o empalamiento.