Época:
Inicio: Año 1 A. C.
Fin: Año 1 D.C.

Antecedente:
ANTIGÜEDADES DE LA NUEVA ESPAÑA



Comentario

De los esclavos


A los prisioneros de guerra, hasta que fueran inmolados a los dioses, se les permitía pasar una vida ociosa y espléndida (como consagrados a los seres celestiales). Sólo los esclavos estaban obligados a servir a los señores y a obedecer a los mandatos de sus dueños. Era lícito a los padres vender a los hijos y a cualquiera venderse a sí mismo por un precio determinado. Para que el contrato fuera válido se exigía que hubiera tres testigos. Quien hurtaba trigo, semillas, plantas, mantas, aves de corral u otros animales domésticos, vestidos o cualquiera otra cosa semejante, era reducido a la esclavitud si era pobre e incapaz de pagar lo robado. Si ya esclavo no se abstenía del hurto, era obligado a morir con un lazo al cuello o era sacrificado ante las aras de los dioses. El que vendía a un hombre libre como esclavo, era tenido por esclavo de aquel que con injuria había intentado vender. Y esta ley se conservaba inviolable, para que ninguno después se atreviera a vender hombres libres u ofrecer niños como alimento. También se reducía a la esclavitud a los hijos, parientes y consortes de los traidores al rey. El varón libre que tenía relaciones con una esclava, tales que saliera embarazada, servía al señor de la esclava a no ser que se casara con ella; muy a menudo en verdad, los esclavos se casaban con las señoras y las esclavas con los señores. Los ancianos y los pobres se vendían ellos mismos, y hasta los jugadores cuando les era adversa la suerte, tornábanse en esclavos, pero no antes de transcurrido un año. Las meretrices que ya comenzaban a envejecer, deformes o valetudinarias, recurrían a una esclavitud espontánea porque ya no recibían de sus galanes el premio de su liviandad; ni era costumbre que los pobres exigiesen de barrio en barrio alimentos de los más ricos. Los padres vendían o empeñaban los hijos como esclavos, pero era permitido libertar al vendido o empeñado con un substituto. Y aún algunas familias estaban encensadas por pacto y convenio a substentar un esclavo a perpetuidad, pero por un precio muy elevado. Si alguien moría con deudas y no había fortuna para pagar, la mujer o el hijo eran reducidos a la esclavitud, principalmente si estaban obligados a ello por convenio. Los hijos de los esclavos y de las esclavas eran considerados libres. Nadie podía vender un esclavo si primero no le rodeaba el cuello con una argolla de madera; y no se podía hacer esto inconsideradamente, sin justísima causa y sin consentimiento de los jueces. A estos esclavos de argolla podían inmolar en honor de los dioses, o a los de aquellas naciones que no pertenecían al Rey Mexicano y a los que hubiesen comprado por alguna cantidad. Estos mismos, sin embargo, recobraban la libertad si durante ciertas fiestas del año se refugiaban en el palacio del rey; a lo cual, a nadie, a no ser el señor o el hijo del señor, era permitido impedirlo; y si algún otro lo estorbaba era reducido a la esclavitud sobre la marcha y al esclavo se le concedía la libertad. Permitíase a los esclavos casarse y sembrar cereales y con lo ganado en la siembra rescatarse a sí mismos. Esto sin embargo acontecía rara vez, porque eran perezosos y de poco ánimo y juzgaban recompensa equitativo por la libertad, ser alimentados por los señores.