Época: Castilla Baja Edad Media
Inicio: Año 1312
Fin: Año 1350

Antecedente:
La época de la gran depresión
Siguientes:
La crisis que no cesa

(C) Julio Valdeón Baruque



Comentario

El rey Alfonso XI, una vez encargado del gobierno efectivo de sus reinos, puso fin a la anarquía que, durante su minoridad, había campado a sus anchas. Pero al mismo tiempo reanudó la ofensiva contra los musulmanes de al-Andalus y, sobre todo, realizó una formidable labor de fortalecimiento del poder regio. No obstante la crisis continuaba, manifestándose básicamente en la frecuencia de los malos años, pero también, al final de su reinado, en la presencia de la peste negra, de la que el propio Alfonso XI fue víctima.
Las primeras medidas de Alfonso XI, una vez proclamado mayor de edad, consistieron en suprimir la Hermandad y deshacerse de los tutores. Hubo nobles, como el inquieto Juan Manuel, que intrigaron contra el monarca, pero sin obtener el menor éxito. También fue un triunfo para Alfonso XI la renuncia definitiva de Alfonso de la Cerda a sus pretensiones, hecho que se sustanció en 1331. Renacida la paz en sus reinos, el monarca castellano entendió que había llegado el momento de poner en marcha de nuevo la "guerra divinal" contra los musulmanes.

Su objetivo era dominar la zona del estrecho de Gibraltar, en donde llevaban la voz cantante los benimerines norteafricanos, aliados de los nazaríes.

Alfonso XI, que deseaba el concurso de la flota catalana, pactó en 1328 con el rey de Aragón Alfonso IV. Las operaciones militares se iniciaron en 1330. Los primeros combates fueron favorables para los musulmanes, que consiguieron recuperar Gibraltar en 1333. Pero unos años después la ofensiva castellana, que contó en esta ocasión con la ayuda portuguesa, se saldó con la resonante victoria del Salado (1340). Un nuevo éxito, junto al río Palmones (1343), permitió a los castellanos conquistar Algeciras en 1344. Aunque la plaza de Gibraltar no pudo ser recuperada por los cristianos (precisamente estando en el cerco de dicha plaza murió Alfonso XI, en 1350), lo cierto era que se había conjurado el peligro de una invasión desde el Norte de Africa. Pero simultáneamente se había dado un paso gigantesco en otro ámbito: los castellanos se habían hecho con la llave marítima del Estrecho, elemento clave en la comunicación marítima entre el Mediterráneo y el Atlántico.

No obstante, el principal legado de Alfonso XI corresponde a otro terreno. Concretamente, pensamos en las medidas tomadas en orden al fortalecimiento del poder regio. Por de pronto dicho monarca instituyó el regimiento en el gobierno de los municipios. En 1345 se creaba el regimiento de Burgos, que estaría integrado por 16 hombres buenos, los cuales, junto con los alcaldes, el merino y el escribano mayor, constituirían el ayuntamiento propiamente dicho de la ciudad del Arlanzón. Los motivos que alegaba Alfonso XI para tomar esa medida respecto a la ciudad de Burgos eran garantizar que personas responsables ordenaran la vida de la urbe, al servicio tanto del rey como del "pro comunal de la dicha çibdad", y evitar las frecuentes discordias que había en el concejo. Las atribuciones que se asignaban a los regidores eran:

"que se ayunten ...dos dias en cada semana... e que vean los fechos del conçejo... e que ayan poder conplidamente para administrar todas las rentas de los comunes de la dicha çibdad... e... ayan poder de fazer e mandar fazer las lavores de la çerca de los muros, e de las calçadas, e de las puentes ...e...ayan poder para nonbrar de conçejo mandaderos, e enbiarlos a nos... e... ayan otros y poder de dar e partir en cada anno los ofiçios de la villa".

En ese mismo año se crearon los regimientos de León y de Segovia y en 1346 el de Madrid, propagándose en años posteriores el sistema por todo el territorio de la Corona de Castilla. Cada concejo estaría integrado por un número fijo de regidores, que eran nombrados por el rey, de entre los que le eran propuestos por las propias ciudades y villas, con carácter vitalicio. No se trataba, como a veces se ha dicho, de implantar el regimiento, o concejo restringido, en sustitución del concejo abierto, sino de respaldar un proceso que venía de atrás y que conducía al monopolio del gobierno local por sus respectivas aristocracias. De todos modos la intervención directa del monarca en la constitución de los regimientos consolidaba el poder regio de manera notable.

No menos importante fue la aprobación, en las Cortes celebradas en la localidad de Alcalá de Henares en 1348, del célebre Ordenamiento que lleva el nombre de esta población. La medida se justificaba por la necesidad de agilizar la administración de justicia, pues, dado el panorama existente en Castilla en aquel tiempo, "la justiçia non se puede fazer commo deve et los querellosos non pueden aver conplimiento de derecho". Pero en el fondo se iba más lejos, pues se trataba de poner en aplicación las disposiciones de carácter romanista recogidas en las Partidas. Ahora bien, con dicha medida se establecía la primacía, en el orden de prelación de fuentes, del derecho de la corona sobre cualquier otro de carácter territorial o local. La antigua dispersión normativa de los reinos de Castilla y León dejaba paso a la unificación, bajo el signo del Ordenamiento de Alcalá. Pero al mismo tiempo se potenciaba considerablemente la potestad regia.