Época: Austrias Menores
Inicio: Año 1600
Fin: Año 1700

Antecedente:
Los Austrias Menores
Siguientes:
Organos de consulta
La figura del valido
Las Cortes y el Gobierno central
La Administración del territorio
La burocracia
El deterioro militar
El sistema financiero

(C) Juan Antonio Sánchez Belén



Comentario

La historiografía viene utilizando la expresión Monarquía Hispánica para referirse al conjunto de reinos y provincias que estaban bajo la soberanía de los monarcas españoles. Pero este entramado político, que abarcaba territorios diseminados en cuatro continentes, no formaba una unidad compacta: cada reino tenía sus propias leyes y tradiciones, sus instituciones de gobierno, sus tribunales de justicia, su sistema fiscal y su moneda. Y dentro de cada uno de ellos existían, además, elementos peculiares que diferenciaban regiones y ciudades entre sí, sin olvidar los privilegios relacionados con la pertenencia de los súbditos a uno u otro estamento. Lo único que daba cohesión a este conjunto era el monarca, que estaba por encima de todo y de toda norma de derecho positivo, que no conoce superior en lo temporal, que puede dar leyes y derogarlas, mover guerra o tratar paz, instituir, nombrar o deponer ministros y oficiales, conceder gracias, acuñar moneda e imponer tributos.
La suprema potestad del soberano se manifiesta, sin embargo, más en mandar que en ejecutar, y así el oficio de reinar consiste, como advierte Saavedra Fajardo, en valerse de los ministros y en dejarlos obrar, pero atendiendo a lo que obran con una dirección superior, más o menos inmediata o asistente en razón de la importancia de los negocios. De aquí, por tanto, que la Monarquía Hispánica, resultado de un pacto sellado de común acuerdo entre el rey y los reinos, requiera para ser gobernada de unas instituciones de gobierno centralizadas, unipersonales o colegiadas, que ejecuten las órdenes del soberano y que al mismo tiempo puedan asesorarlo en la toma de decisiones.