Época: Roma
Inicio: Año 27 A. C.
Fin: Año 305




Comentario

Las antiguas magistraturas republicanas se mantuvieron durante el Imperio, pero perdieron pronto gran parte de sus atribuciones antiguas. La creación de los llamados consules suffecti, que desempeñaban el cargo sólo dos o tres meses al año, había abierto el acceso al consulado a un mayor número de senadores, pero los nuevos cónsules quedaban relegados casi sólo a competencias jurídicas. Los pretores, tribunos de la plebe, ediles y cuestores tenían igualmente competencias más reducidas que durante la República, quedando en ocasiones en un nivel muy próximo al de los funcionarios del emperador. Ahora bien, el ejercicio de esas magistraturas, además de ser obligado para la carrera senatorial, cursos honorum, les proporcionaba experiencia administrativa y los capacitaba para ser elegidos posteriormente por el emperador para ejercer otras funciones en las provincias imperiales.
En los comienzos del Imperio los senadores seguían ocupando todos los cargos administrativos de las provincias, de Italia y de Roma. El prefecto de Roma era un senador, así como también lo eran los responsables de la justicia, del cuidado de las grandes vías públicas y del tesoro del Estado, aerarimm Saturni. Pero ya Augusto fue encargando a caballeros de algunas prefecturas, cuyas funciones reducían las competencias de las magistraturas republicanas. Así el prefecto de los guardianes de Roma, praefectus rigilum, encargado de los equipos de bomberos y de policía urbana, de rango ecuestre, mermaba las competencias de los antiguos ediles.

El orden ecuestre, más numeroso, fue tomando cada vez más competencias en la administración central. Muchos de sus mejores miembros podían pasar al orden senatorial mediante la libre designación del emperador, procedimiento de la adlectio.

Si, a comienzos del Imperio, el gobierno de las provincias se encomendaba sólo a senadores, terminó imponiéndose la distinción entre provincias grandes y ricas, frente a otras de menor importancia. Estas (así Judea, las provincias alpinas y las dos Mauritanias) eran administradas por caballeros con títulos de rango inferior al de otros gobernadores como praeses, praefectus e incluso procurator Augusti. Egipto, que no llegó a tener carácter de provincia, era gobernada por un representante del emperador con título de prefecto y de rango ecuestre. Y esta decisión incluía que las legiones de Egipto fueran mandadas por caballeros.

La mayor autonomía del Senado residía en la administración de las provincias senatoriales. Las provincias de Asia, Creta-Cirene, Sicilia, Narbonense, África y Bética conservaron su carácter de senatoriales. Otras (Bitinia, Acaya, Macedonia y Cerdeña) fueron un tiempo senatoriales y otro imperiales.

El gobernador de una provincia senatorial tenía el título de procónsul. Era la máxima autoridad en todas las esferas de la administración (justicia, cobro de impuestos...). Era ayudado por un cuestor para todo lo relacionado con las finanzas. Pero al tratarse de provincias desmilitarizadas, la organización de la defensa dependía del gobernador de la provincia imperial más próxima. A su vez, los dominios imperiales de una provincia senatorial, así como el cobro de los impuestos indirectos, escapaban de la autoridad del procónsul y del cuestor.

La continuidad de los senadores en el gobierno de las provincias dependientes del Senado repitió un modelo de gestión que ya se había demostrado ineficaz en época republicana. El Senado no disponía de funcionarios para asignar a los gobernadores provinciales. Estos siguieron llevando consigo un equipo, cohors amicorum, elegido libremente por ellos y compuesto de amigos, parientes, clientes o allegados. Por lo mismo, las compañías de publicanos seguían siendo necesarias para recaudar los impuestos o gestionar los bienes públicos. Antes del Imperio, los publicanos habían obtenido cuantiosos beneficios ya que, una vez contratado un determinado servicio con el Estado, gozaban de bastante libertad en la gestión del mismo; ahora su actividad era vigilada por los funcionarios del fisco. Por todo ello, quedó pronto patente que la administración senatorial era más lenta y menos eficaz que la llevada por el emperador y sus funcionarios.